conmemorada el 14 de julio.
El día catorce del mes de julio la Santa Iglesia de Cristo recuerda a los Santos Padres de los Primeros Seis Concilios Ecuménicos.
En el artículo noveno del Símbolo de fe Niceno-constantinopolitano proclamado por los Santos Padres de los Concilios Ecuménicos Primero y Segundo, confesamos nuestra fe en la “Iglesia Una, Santa, Católica y Apostólica”. En virtud de la naturaleza católica (del gr. καθολικός, “katholikós”, que quiere decir «universal») de la Iglesia, un Concilio Ecuménico es la autoridad suprema de la Iglesia y posee la competencia para resolver cuestiones importantes de la vida de la Iglesia. Un Concilio Ecuménico está compuesto por archipastores y pastores de la Iglesia, y representantes de todas las iglesias locales, de todos los países de la ecúmene (gr. οἰκουμένη, “oikouménē”; es decir, de todo el mundo inhabitado, o bien, conocido).
La Iglesia Ortodoxa reconoce siete santos concilios ecuménicos:
El Primer Concilio Ecuménico (Nicea I) (29 de mayo, y también el séptimo domingo después de Pascua) fue convocado en el año 325 contra la herejía de Arrio, en la ciudad de Nicea en Bitinia bajo san Constantino el Grande, Igual a los Apóstoles.
El Segundo Concilio Ecuménico (Constantinopla I) (22 de mayo) fue convocado en el año 381 contra la herejía de Macedonio, bajo el emperador Teodosio el Grande.
El Tercer Concilio Ecuménico (Éfeso) (9 de septiembre) fue convocado en el año 431 contra la herejía de Nestorio, en la ciudad de Éfeso bajo el emperador Teodosio el Joven.
El Cuarto Concilio Ecuménico (Calcedonia) (16 de julio) fue convocado en el año 451, contra la herejía monofisita, en la ciudad de Calcedonia bajo el emperador Marciano.
El Quinto Concilio Ecuménico (Constantinopla II) (25 de julio) “Sobre los Tres Capítulos”, fue convocado en el año 553, bajo el emperador Justiniano el Grande.
El Sexto Concilio Ecuménico (Constantinopla III) (23 de enero) se reunió durante los años 680-681, para luchar contra la herejía monotelita, bajo el emperador Constantino Pogonatos.
El hecho de que hoy no se conmemore el Séptimo Concilio Ecuménico (Nicea II) atestigua la antigüedad de la celebración actual. El Séptimo Concilio, conmemorado el domingo más cercano al 11 de octubre, fue convocado en Nicea en el año 787 contra la herejía iconoclasta, bajo el emperador Constantino y su madre Irene.
La Iglesia de Cristo venera a los Santos Padres de los Concilios Ecuménicos porque Cristo los ha establecido como “luces sobre la tierra”, guiándonos a la verdadera Fe. “Revestida con el manto de la verdad”, la doctrina de los Padres, basada en la predicación de los Apóstoles, ha establecido una fe para la Iglesia. Los Concilios Ecuménicos, son la máxima autoridad de la Iglesia. Tales Concilios, guiados por la gracia del Espíritu Santo y aceptados por la Iglesia, son infalibles.
Las definiciones conciliares del dogma de la Iglesia Ortodoxa tienen la máxima autoridad, y tales definiciones siempre comienzan con la fórmula apostólica: “Ha parecido bien al Espíritu Santo, y a nosotros...” (Hch 15:28).
Los Concilios Ecuménicos siempre fueron convocados por una razón singular: combatir falsas creencias y herejías, e iluminar las enseñanzas de la Iglesia Ortodoxa. Pero el Espíritu Santo ha considerado oportuno que los dogmas, las verdades de la fe, inmutables en su contenido y alcance, sean revelados constante y consiguientemente por la mente conciliar de la Iglesia, y sean precisados por los Santos Padres dentro de los conceptos y términos teológicos en la exacta medida que la Iglesia misma requiere para su economía de salvación. La Iglesia, al exponer sus dogmas, se ocupa de las preocupaciones de un momento histórico determinado, “no revelando todo apresuradamente y sin pensar, ni en último término ocultando algo” (San Gregorio el Teólogo).
Un breve resumen de la teología dogmática de los Seis Primeros Concilios Ecuménicos está formulado y contenido en el Primer Canon del Concilio de Trullo (también conocido como Quinisexto), celebrado en el año 692. Se hace mención de los 318 Santos Padres del Primer Concilio Ecuménico en el predicho Canon I de Trullo, quienes: “con unanimidad de fe nos revelan y declaran la consustancialidad de las tres Personas de la naturaleza Divina… instruyendo a los fieles a adorar al Padre, al Hijo y al Espíritu Santo con igual adoración, derribaron y disiparon la falsa enseñanza sobre los diferentes grados de Divinidad”.
Los 150 Santos Padres del Segundo Concilio Ecuménico dejaron su huella en la teología de la Iglesia sobre el Espíritu Santo, “repudiando la enseñanza de Macedonio, como quien deseaba dividir la Unidad inseparable, para que no haya misterio perfecto de nuestra esperanza”.
Los 200 Teóforos Padres del Tercer Concilio Ecuménico expusieron la enseñanza de que “Cristo, el Hijo de Dios encarnado, es Uno”. También confesaron que “la que lo dio a luz sin semilla” fue la Siempre Virgen sin mancha, glorificándola como verdaderamente la Madre de Dios.
Los 630 Santos Padres del Cuarto Concilio Ecuménico decretaron que “el único Cristo, el Hijo de Dios... debe ser glorificado en dos naturalezas”.
Los 165 Santos Padres Portadores de Dios del Quinto Concilio Ecuménico “en el sínodo anatematizaron y repudiaron a Teodoro de Mopsuestia (el maestro de Nestorio), a Orígenes, a Dídimo y a Evagrio, renovadores de la enseñanza helénica sobre la transmigración de las almas y la transmutación. de los cuerpos y las impiedades que levantaron contra la resurrección de los muertos”.
Los 170 Santos Padres del VI Concilio Ecuménico “enseñaron que debemos confesar dos voliciones naturales, o dos voluntades (esto es, una divina y otra humana), y dos operaciones (energías) naturales en Aquel que se encarnó para nuestra salvación, Jesucristo, nuestro Dios verdadero”.
En momentos decisivos de la historia de la Iglesia, los Santos Concilios Ecuménicos promulgaron sus definiciones dogmáticas, como demarcaciones confiables en la batalla espiritual por la pureza de la Ortodoxia, que durará hasta el momento en que “todos lleguemos a la unidad de la fe y del conocimiento del Hijo de Dios” (Ef 4:13). En la lucha contra las nuevas herejías, la Iglesia no abandona sus antiguos conceptos dogmáticos ni los reemplaza con algún tipo de formulación nueva. Las fórmulas dogmáticas de los Santos Concilios Ecuménicos nunca necesitan ser reemplazadas; siguen siendo siempre contemporáneas a la Tradición viva de la Iglesia. Por eso la Iglesia proclama:
“La fe de todos en la Iglesia de Dios ha sido glorificada por los hombres, que eran lumbreras en el mundo, aferrándose a la Palabra de Vida, para que sea observada firmemente y habite inquebrantablemente hasta el fin de los siglos, conjuntamente con sus escritos y dogmas de dispensados por Dios. Rechazamos y anatematizamos a todos los que ellos han rechazado y anatematizado, por ser enemigos de la Verdad. Y si alguno no se adhiere ni admite los piadosos dogmas antes mencionados, y no los enseña o predica en consecuencia, sea anatema” (Canon I del Concilio de Trullo).
Además de sus definiciones dogmáticas, los Santos Padres de los Concilios Ecuménicos hicieron grandes esfuerzos para fortalecer la disciplina de la iglesia. Los consejos locales promulgaban sus cánones disciplinarios según las circunstancias del tiempo y del lugar, difiriendo frecuentemente entre ellos en diversos detalles.
La unidad universal de la Iglesia Ortodoxa requería unidad también en la práctica canónica, es decir, una deliberación conciliar y la afirmación de las normas canónicas más importantes por parte de los Padres de los Concilios Ecuménicos. Así, según sentencia conciliar, la Iglesia ha aceptado: 20 cánones del Primero, 7 cánones del Segundo, 8 cánones del Tercero y 30 cánones del Cuarto Sínodo Ecuménico. Los Concilios Quinto y Sexto se preocuparon únicamente de resolver cuestiones dogmáticas y no dejaron tras de sí ningún canon disciplinario.
La necesidad de establecer en forma codificada las prácticas habituales durante los años 451-680 y, en última instancia, de compilar un códice canónico para la Iglesia Ortodoxa, suscitó la convocatoria de un Concilio especial, que se dedicó enteramente a la aplicación general de las reglas eclesiásticas. Éste fue convocado en el año 692. El Concilio “en el Palacio Imperial” o “Bajo los Arcos” (en griego “en trullo”), pasó a llamarse Consejo en Trullo. También se le llama “Quinisexto” (que significa “quinto y sexto”), porque se considera que completó las actividades de los Concilios Quinto y Sexto, o más bien que fue simplemente una continuación directa del propio Concilio Ecuménico Sexto, separados por tan sólo unos años.
El Concilio de Trullo, con sus 102 Cánones (más que todos los Sínodos Ecuménicos juntos), tuvo una enorme importancia en la historia de la teología canónica de la Iglesia Ortodoxa. Se podría decir que los Padres de éste Concilio produjeron una recopilación completa del códice básico a partir de las fuentes relevantes de los cánones de la Iglesia Ortodoxa. Enumerando en orden cronológico, y habiendo sido aceptados por la Iglesia los Cánones de los Santos Apóstoles, y los Cánones de los Santos Concilios Ecuménicos y Locales y de los Santos Padres, el Concilio de Trullo declaró: “Que a nadie se le permita alterar ni anular los cánones antedichos, ni en lugar de éstos propuestos, ni aceptar otros, hechos de inscripción espuria” (2º Canon del Concilio de Trullo).
Los cánones de la Iglesia, santificados por la autoridad de los primeros Seis Concilios Ecuménicos (incluidas las reglas del Séptimo Concilio Ecuménico en 787, y los Concilios de Constantinopla de 861 y 879, que se agregaron más tarde bajo el santo Patriarca Focio), forman la base de EL TIMÓN, o KORMCHAYA KNIGA (un códice de derecho canónico conocido como “Syntagma” o “Nomokanon” en 14 títulos). En su depósito de gracia, queda expresada una norma canónica, una conexión con cada época y una guía para todas las Iglesias ortodoxas locales en la práctica eclesial.
Las nuevas condiciones históricas pueden conducir al cambio de algún aspecto externo particular de la vida de la Iglesia. Ésto hace necesaria la actividad canónica creativa en el razonamiento conciliar de la Iglesia, a fin de conciliar las normas externas de la vida eclesial con las circunstancias históricas. Los detalles de la regulación canónica no están completamente desarrollados para las diversas épocas de la organización eclesiástica al mismo tiempo. Con cada impulso para abandonar el significado literal de un canon o para cumplirlo y desarrollarlo, la Iglesia recurre una y otra vez en busca de razonamiento y guía al legado eterno de los Santos Concilios Ecuménicos, al tesoro inagotable de verdades dogmáticas y canónicas.
REFERENCIAS
Orthodox Church in America. (2024). Fathers of the First Six Councils. New York, Estados Unidos: OCA.
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